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Preguntas frecuentes

sobre la ciudadanía italiana

El requisito principal de la Ciudadanía Jure Sanguinis es tener un ascendiente nacido en Italia que no se haya naturalizado argentino, o bien, que lo haya hecho luego del nacimiento de su hijo.

La ciudadanía italiana se basa en el principio del «ius sanguinis», es decir “derecho de sangre”, en virtud del cual es italiano aquel que desciende de un italiano. Italiani si nasce, non si diventa. Nacemos italianos. Solo necesitamos demostrar con los documentos pertinentes el vínculo en la línea de descendencia.

Cuando hablamos de AVO nos referimos al antepasado nacido en Italia del cual vas a tomar la ciudadanía. Puede ser tu padre, madre, abuelo/a, bisabuelo/a, tatarabuelo/a, chozno, etc.

¡Claro que sí! No es un requisito indispensable tener apellido italiano. Lo importante es que puedas demostrar la línea de parentesco con los documentos que acrediten el vínculo desde el avo italiano hasta vos.

Los documentos necesarios para poder realizar el trámite son todas las actas de nacimiento, matrimonio (si la persona está casada) y defunción (en caso de que la persona haya fallecido) desde tu antepasado italiano hasta vos, incluyendo el CNN (Certificado de No naturalizado) de tu ascendiente italiano emitido por la CNE.

Todas las actas argentinas deben ser timbradas (no gratuitas) legalizadas y traducidas al italiano por traductor público matriculado.  

No existen límites generacionales. El requisito fundamental es que el antepasado italiano del cual vas a tomar la ciudadanía no se haya naturalizado argentino, o bien, si se naturalizó, lo haya hecho luego del nacimiento de su hijo (que es parte de la línea de descendencia).

No es necesario que tu padre o madre hayan realizado el trámite del reconocimiento de la ciudadanía. Podés ser el primero en solicitarla. Lo importante es que presentes toda la documentación necesaria desde el avo hasta vos.

Tu avo puede ser hombre o mujer. En el caso en que, en tu línea de sangre haya una mujer cuyo hijo/a haya nacido antes del 01.01.1948, la única vía para solicitar la ciudadanía es la judicial mediante un proceso en Italia.

Lo importante es que en ninguna de las actas aparezca como “casado” o “viudo” y que sus hijos figuren como “hijos naturales”.

Si el italiano se naturalizó antes del nacimiento del hijo (y falleció), no es posible solicitar la ciudadanía a través de él. Si la cónyuge del avo italiano era italiana, podés solicitar la ciudadanía por ella.

Si el italiano se naturalizó argentino y vive, podés obtener la ciudadanía por él luego de que realice el trámite de la “revoca” ante el Consulado.  

Sólo podemos tener la certeza acerca de si el avo se naturalizó o no, con el CNN (Certificado de no naturalizado argentino), emitido por la CNE.

Necesitás presentar el Certificado de Ciudadano Argentino en el cual consta la fecha de enrolamiento y la fecha de concesión o juramento. Si este certificado carece de estos datos, será necesario solicitar la sentencia de naturalización al juzgado pertinente.

La ciudadanía italiana te permite explorar el mundo, disfrutar y te otorga beneficios como a cualquier ciudadano europeo:

• Pasarás a ser un ciudadano de la Unión Europea, lo cual permite la libre circulación. Una de las grandes ventajas de tener el pasaporte italiano es que tendrás fácil acceso en casi todos los países de la Unión Europea.

• Mayores posibilidades de trabajo y facilidades a la hora de buscar empleo en cualquier país de Europa. Al tener la ciudadanía de este país podrás trabajar tanto en Italia como en otros países de la Unión Europea sin necesitar una visa especial. En muchos trabajos se le da prioridad a aquellos ciudadanos de la UE. Si tienes la ciudadanía italiana, podrás comenzar a buscar trabajo desde tu país de origen. Los empleadores europeos o los locales que envían trabajadores a Europa por largos períodos verán esta nacionalidad como una ventaja.

• Podrás pasar el derecho a tus hijos (Línea de sangre).

• Acceso al sistema de salud: podés recibir atención médica gratuita.

• No deberás tramitar visa cuando viajes a países de la UE, y si vas a viajar a Estados Unidos solo tendrás que hacer un trámite online super fácil.

• Podrás estudiar en Italia o en otros países de la UE y aplicar a becas como una persona local. Si aplicás a una visa Working Holiday Australia o Nueva Zelanda con pasaporte italiano tendrás menos requisitos que cumplir.
Incluso podrás viajar sin visa fuera de Europa a países como Nueva Zelanda, EE. UU., entre otros. 

• La ciudadanía por reconstrucción aplica cuando adquirís la ciudadanía italiana del AVO (cuando tu padre o madre no sea ciudadano/a italiano/a).

• La ciudadanía por hijo directo, es cuando tomás la ciudadanía italiana de tu padre o madre. 

¡No siempre es así! El turno por hijo directo mayor de edad aplica para:

• Hijos directos mayores de edad de ciudadanos italianos nacidos en Italia y registrados en el Anagrafe del Consulado que corresponde al solicitante.

• Hijos directos mayores de edad de ciudadanos italianos que han realizado la reconstrucción de la ciudadanía en el Consulado, habiendo estos presentado toda la documentación obligatoria en el mismo Consulado. Por ejemplo: si sos hijo de italianos pero tu madre o padre no se encuentra inscripto en el Anagrafe del Consulado que te corresponde por lugar de residencia, o no realizó la reconstrucción en esa sede consular, corresponde turno por reconstrucción. 

Lo principal es saber si el Consulado en el cual está radicado el expediente donde tramitó la ciudadanía tu familiar es el mismo que te corresponde por tu domicilio. Si te corresponde el mismo Consulado, podés agregar la documentación que falta hasta llegar a vos. Si un familiar tuyo ya presentó toda la documentación y querés anexarte a ese expediente pero no te corresponde el mismo Consulado, será necesario que solicites turno por reconstrucción y presentes la carpeta desde el italiano hasta vos.

Recomendamos a todos nuestros clientes presentar la documentación tal como está, no corregir ni rectificar las actas hasta que funcionario consular lo solicite.

Las actas parroquiales son válidas únicamente cuando no existía aún al momento del nacimiento o matrimonio, el registro civil.

Las actas parroquiales deben estar legalizadas. Los pasos son:
1- Acta con firma del cura/párroco de la Basílica.
2- Legalización en la diócesis o arzobispado.
3- Legalización en la Secretaría de Culto.
4- Apostilla. 

• Si son menores de edad, podés transmitirles la ciudadanía de forma gratuita, online y sin turno a través del FAST, subiendo las partidas de nacimiento digitales con sistema Gedo traducidas, autocertificación, un servicio a nombre del ciudadano italiano y DNI de todo el núcleo familiar con domicilio actualizado.

• Si son mayores de 18 años, una vez que vos poseas la ciudadanía, se puede sumar a tu carpeta sólo si le corresponde el mismo Consulado, mediante un turno por hijo directo mayor de edad. Si no le corresponde el mismo Consulado, deberá solicitar turno por reconstrucción en el que le corresponda por domicilio y presentar la carpeta con las actas desde el avo hasta él. 

Ciudadanía Jure Sanguinis (por sangre o descendencia). Esta vía no tiene restricciones ni límites generacionales. Lo más importante es que el antepasado italiano (fallecido) no haya renunciado a su ciudadanía o bien lo haya hecho luego del nacimiento de su hijo. Se tramita vía administrativa (en el Consulado o en una Comuna italiana) o bien, vía judicial:

• Ciudadanía por vía materna (únicamente se tramita por vía judicial). Cuando hay una mujer en la línea de descendencia cuyo hijo haya nacido antes de 1948, la única opción es obtener la ciudadanía vía judicial mediante poder letrado.

• Ciudadanía por vía paterna (o por falta de turno en Consulados Italianos).

Ciudadanía naturalización por matrimonio.
Puede solicitar la ciudadanía por matrimonio el cónyuge de ciudadano italiano con 3 años de casados, entre otros requisitos.

Ciudadanía por naturalización. Es posible naturalizarse italiano, adquirir todos los derechos y obligaciones de un italiano nativo luego de haber residido durante determinado tiempo en Italia.

• Tus padres o abuelos eran italianos nativos y hace 3 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos extranjero aunque naciste dentro del territorio de la República Italiana y hace 3 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos ciudadano de la Unión Europea y hace 4 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos extranjero mayor de edad, hijo de padres naturalizados italianos y hace ya 5 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos extranjero mayor de edad adoptado por un ciudadano italiano y hace 5 años desde tu adopción que tenés residencia legal en Italia.
• Sos apátrida (persona que carece de nacionalidad) y hace 5 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos extranjero refugiado político y hace 5 años que tenés residencia legal en Italia.
• Sos extranjero y hace 5 años que prestás servicios en dependencias del Estado Italiano (incluso en el extranjero). Para esta opción no se exige residencia en Italia.
• Sos extranjero y fuiste adoptado por un ciudadano italiano antes del 04.05.1983 (entrada en vigor de la ley N. 184 de 1983 la cual prohíbe a las autoridades consulares la concesión de visa de ingreso a menores de edad extranjero con fines de adopción) y hace 7 años que residís de manera legal en Italia.
• Sos extranjero no comunitario y hace 10 años que residís en Italia.
• Sos extranjero y brindaste servicios eminentes a Italia o al estado italiano tiene un interés excepcional por vos. La residencia no es requerida. 

El cónyuge ciudadano italiano, si desde que tramitó la ciudadanía cambió de domicilio debe actualizarlo por la página de Fast it.

Luego actualiza su estado civil y sube al Fast It la partida de matrimonio timbrada y traducida, en formato PDF ya que debe registrar el matrimonio.

Si además hay hijos menores de edad y no los registró, debe también subir las actas timbradas y traducidas en PDF.

Fundamental: Tienen que estar casados legalmente. No vale convivencia.

El trámite es naturalización por matrimonio.

Requisitos: 3 años de casados, que se reduce a la mitad si tienen hijos menores de edad; tener registrado el matrimonio, transcripto al italiano en la comuna italiana; abonar el canon de 250 euros; CERTIFICAR IDIOMA ITALIANO NIVEL B1.

Presentados los papeles la naturalización demora 4 años.

Te recordamos que antes de presentar la solicitud online en la página del Ministero dell’Interno es necesario contar con los documentos originales en soporte papel:

Acta de nacimiento del solicitante apostillada, en original y traducida íntegramente al idioma italiano; Certificado de antecedentes penales emitidos por el Registro Nacional de Reincidencia, legalizado con la Apostilla de La Haya y traducido íntegramente al italiano. Si el solicitante no nació en Argentina, deberá presentar el certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado. Si el solicitante estuvo residiendo en otros países, deberá presentar los certificados de antecedentes penales correspondientes expedidos en esos países, debidamente legalizados; Diploma de conocimiento de idioma italiano B1; Estratto per riassunto dell’atto di matrimonio también en físico (papel original), enviado por el comune italiano desde Italia. El estratto debe ser original. No se aceptan fotocopias ni impresiones de actas digitales en PDF. No sirve el acta de matrimonio argentina, debe ser la partida italiana que es la transcripción del matrimonio celebrado en Argentina; Comprobante de pago de los 250 euros.

La documentación tiene una validez de 6 meses, a partir de la fecha de emisión (el certificado B1 no vence). 

Austria-Hungría fue un Estado europeo formado en el año 1867, luego de que se firmara el Compromiso austro-húngaro, el cual igualó el status del Imperio austríaco con el del Reino de Hungría y los unió bajo un mismo monarca.

El comienzo de la Primera Guerra Mundial conllevó a la disolución del Imperio en el año 1919.
¿Qué regiones que actualmente forman parte de Italia pertenecieron al Imperio Austrohúngaro?
Algunas regiones que actualmente pertenecen a Italia formaban parte del Imperio Austrohúngaro entre 1867 y 1919 (principalmente las provincias de Trento, Bolzano y Gorizia). Muchos personas comienzan a investigar si les corresponde o no obtener la ciudadanía y descubren que sus antepasados nacieron en zonas que antiguamente no formaban parte de Italia pero que, luego de 1919 con la firma del Tratado de Saint-Germain, fueron anexadas.  

Ingresa aquí para conocer las regiones de italia que pertenecieron al Imperio Austro-Húngaro.

LEY 379/2000
La Ley 379/2000 del 14.12.2000, permitió a los descendientes de antepasados nacidos en el imperio austrohúngaro solicitar la reconstrucción de su ciudadanía y ser reconocidos ciudadanos italianos. Dicha ley tuvo un período inicial de vigencia de 5 años, que luego fue extendido por 10 años. La posibilidad de convertirse en italiano para todos los nacidos dentro del imperio austrohúngaro, en virtud de la ley 379, caducó en 2010.

Si tu AVO nació en estos territorios y emigró entre el 25.12.1867 y el 16-7-1920 (fecha de eficacia internacional del Tratado de Saint-Germain) el reconocimiento era de acuerdo a la Ley 379/2000, la cual venció el 19.12.2010. Por lo tanto NO podés solicitar el reconocimiento de tu ciudadanía.

Si emigró a partir del 16.07.1920 sÍ podés realizar el reconocimiento de la ciudadanía italiana Jure Sanguinis.

¿Cómo certifico la fecha de emigración del antepasado italiano?
Se puede demostrar a través del pasaporte de tu antepasado, certificado de Migraciones, CEMLA, certificado emitido por la comuna italiana. 

La red Consular en Argentina

Circunscripción Consular

La Circunscripción Consular del Consulado General en Buenos Aires se extiende en el entero territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de la Provincia de Buenos Aires de Avellaneda, Baradero, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, General Rodríguez, General San Martín, Luján, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Pilar, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Pedro, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, Zárate.

En la Circunscripción Consular operan, además del Consulado General, dos Agencias Consulares de I Categoría, tres Vice Consulados Honorarios y una Agencia Consular Honoraria.


AGENCIA CONSULAR DE Iº CATEGORIA - LOMAS DE ZAMORA
Circunscripcón: las entidades administrativas (Partidos) de Almirante Brown, Esteban Echeverría, Ezeiza, Lanús, Lomas de Zamora, San Vicente y Presidente Perón. 

AGENCIA CONSULAR DE Iº CATEGORIA - MORÓN
Circunscripción: las entidades administrativas (Partidos) de Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza y Morón. 

VICE CONSULADO HONORARIO SAN ISIDRO 
Circunscripción: las entidades administrativas (Partidos) de San Isidro, San Fernando, Tigre y la sección 1º, 2º y 3º de las islas del Delta del Paranà.  
Dirección: Obispo Terrero 95 - (1642) San Isidro 
Tel.: + 54 11 47435776 
Atención al publico: martes y jueves desde las 8:30 hasta las 11:30 hs., miércoles (solo para informaciones) desde las 8:30 hasta las 11:30 hs.
Con excepción de casos de comprobada emergencia (como por ej. robo de pasaporto o urgencia de viaje, caso de personas de solo ciudadanía italiana) o necesidad (portadores de hándicap, personas ancianas mayores de 70 años y sin posibilidad de acceso a Internet), para poder acceder a los servicios consulares es necesario tomar una cita online. La cita es GRATUITA, personal y no puede ser cedida ni intercambiada ni tomada por terceros, como pena la cancelación 

CORRESPONSAL CONSULAR EN TRES DE FEBRERO 
Circunscripción: las entidades administrativas (Partidos) de Tres de Febrero, San Martin, San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas. 
Dirección: Bazzini 1051 - (1682) Villa Bosch 
Atención al publico: martes y miércoles de 9:00 a 13:00 hs.
Con excepción de casos de comprobada emergencia (como por ej. robo de pasaporto o urgencia de viaje, caso de personas de solo ciudadanía italiana) o necesidad (portadores de hándicap, personas ancianas mayores de 70 años y sin posibilidad de acceso a Internet), para poder acceder a los servicios consulares es necesario tomar una cita online. La cita es GRATUITA, personal y no puede ser cedida ni intercambiada ni tomada por terceros, como pena la cancelación 

VICE CONSULADO HONORARIO ZARATE
Circunscripción: las entidades administrativas (Partidos) de Belén de Escobar, Campana, Exaltación de la Cruz, Pilar, Zarate, Baradero, San Pedro, San Antonio de Areco, la cuarta y la quinta sección del Delta. 
Dirección: Independencia 692 (Zárate) 
Atención al público: Martes de 8:30 a 12:00 hs. 
Con excepción de casos de comprobada emergencia (como por ej. robo de pasaporto o urgencia de viaje, caso de personas de solo ciudadanía italiana) o necesidad (portadores de hándicap, personas ancianas mayores de 70 años y sin posibilidad de acceso a Internet), para poder acceder a los servicios consulares es necesario tomar una cita online. La cita es GRATUITA, personal y no puede ser cedida ni intercambiada ni tomada por terceros, como pena la cancelación 

CORRESPONSAL CONSULAR EN MERLO
Circunscripción: las entidades administrativas (Partidos) de Moreno, Lujan, General Rodriguez, Merlo y Marcos Paz. 
Indirizzo: Vicente Lopez 37 - (1722) Merlo  
Tel.: +54 2204821978 
Atención al público: lunes y viernes de 9 a 12 horas 
Con excepción de casos de comprobada emergencia (como por ej. robo de pasaporto o urgencia de viaje, caso de personas de solo ciudadanía italiana) o necesidad (portadores de hándicap, personas ancianas mayores de 70 años y sin posibilidad de acceso a Internet), para poder acceder a los servicios consulares es necesario tomar una cita online. La cita es GRATUITA, personal y no puede ser cedida ni intercambiada ni tomada por terceros, como pena la cancelación 


Los Vice Consulados Honorarios brindan servicio a los ciudadanos italianos residentes en las respectivas circunscripciones. Los servicios conciernen únicamente la actualización del estado civil (matrimonios, divorcios, defunciones, nacimientos de hijos menores de edad) y la solicitud de pasaporte.

Se recuerda que en el Consulado General de Italia en Buenos Aires se encuentra disponible, el segundo y cuarto miércoles de cada mes, de 9 a 12 horas, un servicio de front desk para informaciones sobre los servicios consulares.


Red Consular italiana en la Argentina

CONSULADO GENERAL EN BUENOS AIRES
www.consbuenosaires.esteri.it 
Reconquista 572 (C1003ABL) 
Tel: 4114.4800 | fax: 4114.4799 

Oficinas Honorarias dependientes:
Campana 
• San Isidro
• Moreno 
• Tres de Febrero 


AGENCIA CONSULAR EN MORÓN
www.consmoron.esteri.it 
Rep. Or. Del Uruguay 129 (1708) Morón (Bs. As.) 
Tel: 4629.9573 | fax: 4483.1143 


AGENCIA CONSULAR EN LOMAS DE ZAMORA
www.conslomasdezamora.esteri.it
Av. Meeks 701 (1834) Lomas de Zamora 
Tel: 4292.7954 | fax: 4292.7955 


CONSULTADO GENERAL EN BAHÍA BLANCA
www.consbahiablanca.esteri.it 
Av. Alem 309 (8000) Bahía Blanca 
Tel: 0291 454.5140 | tel: 0291 454.4731 | fax: 0291 455.1633

Oficinas Honorarias dependientes:
• Puerto Madryn 
• Comodoro Rivadavia 
• Neuquén 
• San Carlos de Bariloche 
• Santa Rosa 
• Tres Arroyos 
• Ushuaia 
• Viedma 
• Villa Regina 


CONSULADO GENERAL EN CÓRDOBA
www.conscordoba.esteri.it
Velez Sarsfield 360 (5000) Córdoba
Tel: 0351 526.1000 | fax: 0351 526.1010

Oficinas Honorarias dependientes:
• Catamarca
• Jujuy
• La Rioja
• Las Varillas
• San Francisco
• Río Cuarto
• Salta
• Santiago del Estero
• Tucumán
• Villa María


CONSULADO GENERAL EN LA PLATA
www.conslaplata.esteri.it
Calle 48 n. 869 (1900) La Plata
Tel: 0221 439.5500 | fax: 0221 439.5528

Oficinas Honorarias dependientes:
• Mercedes
• Olavarría


CONSULADO GENERAL EN ROSARIO
www.consrosario.esteri.it 
Boulevar Oróno 1593 (2000) Rosario 
Tel: 0341 440.7021/22 | fax: 0341 425.8189 

Oficinas Honorarias dependientes:
Concepción del Uruguay
Concordia 
Corrientes 
Formosa 
Nogoyá 
Paraná 
Pergamino 
Posadas 
Rafaela 
Resistencia 
Rufino 
San Jorge 
Santa Fe 
Venado Tuerto 
Villa Constitucion 


CONSULADO EN MAR DEL PLATA
www.consmardelplata.esteri.it 
Falucho 1416 (7600) Mar del Plata 
Tel: 0223 451.2138 | tel: 0223 451.7703 | fax: 0223 451.8623 

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• Tandil 


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